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Cómo dar de alta un negocio para autorizar vehículos en la zona de bajas emisiones
Si tienes un negocio en la ZBE y necesitas autorizar el acceso y estacionamiento de vehículos, que no disponen de autorización, de tus clientes o de tus trabajadores, debes seguir estas instrucciones.
¿Quién puede autorizar vehículos?
Autónomos y microempresas (menos de 10 trabajadores), cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBE. Podrán solicitar el alta para gestión de autorizaciones de sus vehículos y los de sus trabajadores.
Solo talleres de reparación de vehículos, hoteles y hostales, centros, servicios y establecimientos sanitarios y centros veterinarios podrán solicitar alta para autorización de los vehículos de sus clientes.
¿Cómo autorizar vehículos?
Solicita el alta a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe.
Para ello, la persona titular o responsable autorizado del negocio deberá presentar el formulario de alta y la siguiente documentación:
- Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe, (se aportará o comprobará de oficio), Declaración responsable, Certificado de situación censal o Autorización del centro, servicio o establecimiento
- Alta en el I.A.E. del titular
Una vez dada de alta la persona titular del negocio podrá acceder a su Área Privada y dar de alta los vehículos, que no dispongan de permiso para acceder, circular y estacionar en la ZBE.
¡RECUERDA!
Los vehículos con etiqueta
C, CERO EMISIONES o ECO
no tienen ninguna restricción.
Los vehículos con etiqueta B no tienen restricción si son de personas empadronadas en Getafe y el vehículo paga el Impuesto de Vehículos en Getafe.
Los vehículos de los empadronados en la ZBE, domiciliados en La ciudad de Getafe en el Registro de Vehículos de La DGT y dados de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Getafe, no tienen restricción de acceso.