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Cómo dar de alta un negocio para autorizar vehículos en la zona de bajas emisiones
Si tienes un negocio en la ZBE y necesitas autorizar el acceso y estacionamiento de vehículos, que no disponen de autorización, de tus clientes o de tus trabajadores, debes seguir estas instrucciones.
¿Quién puede autorizar vehículos?
- Comercios
- Negocios a cargo de autónomos o con menos de 10 trabajadores o trabajadoras (microempresas)
- Talleres de reparación de vehículos
- Hoteles, hostales u otros negocios dedicados al alojamiento de personas
- Establecimientos sanitarios como clínicas de podología, fisioterapeutas, atención a la discapacidad…
Estos negocios pueden autorizar sus propios vehículos o los de sus empleados (siempre que sean autónomos o microempresas), los vehículos de sus proveedores y de sus clientes en el caso de hoteles, talleres y establecimientos sanitarios.
La autorización de vehículos debe justificarse suficientemente y se aportará la documentación necesaria para dicha justificación.
¡RECUERDA!
Los vehículos con etiqueta
C, CERO EMISIONES o ECO
no tienen ninguna restricción.
Los vehículos con etiqueta B no tienen restricción si son de personas empadronadas en Getafe y el vehículo paga el Impuesto de Vehículos en Getafe.
¿Cómo autorizar vehículos?
Solicita el alta en el Área Privada de la web zbe.getafe.es. La solicitud para operar en el área privada puede presentarse, telemáticamente, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe o, presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
Para ello, la persona titular o responsable autorizado del negocio deberá presentar el formulario de alta y la siguiente documentación:
- Licencia de actividad del Ayuntamiento de Getafe
- Alta en el I.A.E. del titular
Una vez dada de alta la persona titular del negocio podrá acceder a su Área Privada y dar de alta los vehículos, que no dispongan de permiso para acceder, circular y estacionar en la ZBE, justificando suficientemente la necesidad de dicha autorización.
¿Cuánto tiempo estarán autorizados los vehículos?
Los vehículos de los comercios, negocios o microempresas (trabajadores y trabajadoras) tendrán una autorización indefinida, mientras se acredite la vinculación laboral.
Los vehículos de proveedores habituales tendrán una autorización anual, mientras se acredite la vigencia del servicio.
Los vehículos de clientes de hoteles y talleres tendrán una autorización puntual, mientras dure la estancia del huésped o la reparación del vehículo.
El resto de vehículos tendrán una autorización puntual, para el día que sea necesario.