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Cómo dar de alta un vehículo no autorizado si vivo en la ZBE
Si estás empadronado en la ZBE de Getafe y tienes un vehículo que no tiene autorización (es nuevo, de renting, de empresa, de un familiar que te traslada porque eres una persona con dependencia o con movilidad reducida, tienes una plaza de garaje en propiedad o alquilada en la ZBE…), debes seguir estas instrucciones.
¿Quién puede autorizar vehículos?
Las personas empadronadas en la ZBE.
¿Cómo autorizar vehículos?
La solicitud para autorizar vehículos puede presentarse, telemáticamente, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe o, presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
O también puedes entrar en el Área Privada de la web zbe.getafe.es y pulsar el icono de “Vivo dentro de la ZBE”. La primera vez que accedas rellena los datos del formulario para generar un usuario y una contraseña. A partir de ese momento puedes autorizar los vehículos que necesiten una autorización excepcional, justificando el motivo por el cual deben acceder a la ZBE.
¡RECUERDA!
Los vehículos de las personas que viven en la ZBE no tienen restricción si se está empadronado en Getafe y el vehículo paga el Impuesto de Vehículos en Getafe.
¿Cuánto tiempo estarán autorizados los vehículos?
Los vehículos de uso habitual tendrán una autorización temporal (de un año)
El resto de vehículos tendrán una autorización puntual, para el día que sea necesario
Si no se cumplen estas dos condiciones anteriores, se podrá solicitar una autorización excepcional, justificando suficientemente la necesidad del acceso